Baja colegial
Normas para solicitar la baja colegial
Por acuerdo de Junta de Gobierno, los colegiados y colegiadas que quieran causar baja voluntaria, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16, apartado 1, de los Estatutos del Colegio Oficial de Psicología de Cataluña, tendrán que tramitarlo a través del sitio web del COPC y, en caso de disponer de carnet físico, tendrán que devolverlo (presencialmente o por correo postal).
La baja se comunicará, al menos, 15 días antes de que comience el semestre (antes del 15 de junio y del 15 de diciembre del año en vigor). No se devolverá el importe de la cuota y, en caso de devolución de recibos, se iniciará un procedimiento de reclamación de deuda, ya que la baja no exhime del pago.
Te recomendamos que antes de formalizar la petición de baja, revises las bonificaciones disponibles en el enlace Bonificaciones a la cuota del Colegio. La solicitud de bonificaciones debe cursarse mediante nuestra web. Previamente debes iniciar sesión en tu área privada.
La baja comporta la anulación de todos los servicios asociados a la colegiación. Es responsabilidad del solicitante comunicar a Broker's 88, gestor de la póliza de responsabilidad civil, la anulación del seguro. Puede realizar este trámite mediante su portal web.
En el caso de reincorporación, se deberá satisfacer el pago de la deuda pendiente (en caso de impago) además de incluir la cuota de alta y la parte proporcional del semestre en curso .
Una vez recibamos tu solicitud de baja colegial, nos pondremos en contacto contigo.
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