El Consejo Oficial de la Psicología de España (COP), en colaboración con la Asociación de Trabajadoras Autónomos (ATA), quiere que la Seguridad Social tenga en cuenta el caso especial de los psicólogos y psicólogas que, al iniciar su actividad antes de 1999, no pudieron inscribirse como trabajadores autónomos.
Esta casuística sanciona a los colegiados y colegiadas que se encuentran en esta circunstancia, desfavorable en el momento en que quieran tramitar la jubilación. Para tratar la situación de este colectivo, el COP y la ATA han solicitado una entrevista en el Ministerio de Seguridad Social, a la que quieren aportar datos cuantitativos con el objetivo de que se pueda valorar de la solución normativa adecuada.
Para que el Colegio Oficial de Psicología de Cataluña pueda aportar los datos de las personas afectadas a Cataluña, pide a los colegiados y colegiadas que empezaron a ejercer antes del año 1999 y que entonces no se pudieron dar de alta como trabajadores autónomos que lo comuniquen lo antes posible rellenando este formulario. El Colegio transmitirá la información al COP y, posteriormente informará a las personas colegiadas implicadas de los resultados de la negociación.