El próximo 30 de junio vence el período correspondiente a la primera remesa semestral de la cuota colegial y comienza el segundo semestre de la cuota.
Esta información es especialmente relevante para los colegiados y colegiadas que tienen una bonificación especial por desempleo en la cuota, ya que deben volver a justificarla para que en el siguiente semestre se siga aplicando la reducción. Además, las personas colegiadas que quieran solicitar una bonificación de la cuota, acogiéndose a cualquiera de los supuestos que lo habilita, también deben tramitarla antes del 30 de junio para que se les aplique a la cuota del segundo semestre de 2022. Cabe remarcar que la bonificación por desempleo es la única que es necesario renovar, las demás se mantienen activas hasta que se dan de baja.
Toda la información relativa a las condiciones para solicitar una bonificación de la cuota es en
este enlace en el apartado de Bonificaciones en la cuota del Colegio Oficial de Psicología de Cataluña, que recoge 5 supuestos: bonificación por nacimiento o adopción, bonificación especial por desempleo, bonificación junior, bonificación senior y bonificación para no ejercientes, ya sea por jubilación o por incapacidad.
En caso de que tu situación cumpla cualquiera de estos supuestos, consulta la información completa en el enlace anterior. Como se puede comprobar, todas las bonificaciones deben acreditarse documentalmente y se aplican a la siguiente cuota colegial.
Tanto en un caso como en otro, ya sea renovar la bonificación o para solicitarla, es necesario hacerlo a través
d’aquest enllaç antes del día 30 de junio si desea que se aplique a la segunda cuota de 2022.