El Colegio Oficial de Psicología de Cataluña ha elaborado un nuevo protocolo para la prevención y actuación ante el acoso sexual y acoso por razón de sexo, orientación sexual, identidad y/o expresión de género, actualizado en base a la legislación vigente . El protocolo nace fruto de la conciencia y militancia de la organización para ofrecer medidas de prevención, protección e intervención ante una situación de acoso a toda persona que tenga cualquier tipo de actividad en el COPC. Los estudios, como las legislaciones, coinciden en señalar que el instrumento más eficaz de tutela es la prevención y la actuación en los estadios más iniciales de estas situaciones dentro de la propia empresa, puesto que las dificultades que comporta la protección a posteriori frente a los actos y las conductas de acoso son graves y numerosas. Además, tienen efectos para la salud de las personas que las padecen.
La finalidad del documento es garantizar la igualdad plena y efectiva en todos los ámbitos del COPC y mostrar la conciencia de la entidad frente a la necesidad de articular vías prácticas y resolutivas de prevención de estas conductas en el entorno laboral. El protocolo quiere garantizar la consecución de un entorno de trabajo productivo, seguro y respetuoso para todas las personas y combatir cualquier tipo de discriminación.
Con la redacción del documento, el Colegio persigue los siguientes objetivos:
1. Informar y sensibilizar a todo el personal en materia de acoso sexual, por razón de sexo, orientación sexual, identidad y/o expresión de género.
2. Prevenir y promover condiciones de trabajo que eviten situaciones de acoso sexual, por razón de sexo, orientación sexual, identidad y/o expresión, en cualquier entorno de trabajo, incluido también el producido en el ámbito digital.
3. Disponer del procedimiento de intervención y acompañamiento para atender y resolver estas situaciones con la máxima celeridad y dentro de plazos establecidos por el protocolo.
4. Establecer circuitos de intervención rápidos y eficientes ante una denuncia relacionada con las situaciones de acoso mencionadas en el protocolo, investigarlas e iniciar las actuaciones necesarias para abordarlas, adoptar medidas cautelares o depurar posibles responsabilidades disciplinarias.
5. Velar por un entorno de trabajo en el que todas las personas se respeten mutuamente su integridad y dignidad.
6. Establecer las medidas preventivas necesarias para evitar que se produzcan situaciones de acoso, así como poder detectarlas de forma precoz.
7. Garantizar los derechos a un trato justo y la confidencialidad de las personas afectadas.
8. Formar a las personas referentes y asegurar un trato reservado de las denuncias de los hechos que pudieran constituir acoso y la identificación de las personas responsables de atender a quien formule una queja o denuncia.
El COPC considera el acoso sexual, por razón de sexo, orientación sexual, expresión y/o identidad de género, un comportamiento inadecuado. Por este motivo:
• Declara formalmente y difunde el rechazo de todos los tipos de acoso sexual, por razón de sexo, orientación sexual, expresión y/o identidad de género, en todas sus formas y manifestaciones.
• Promueve una cultura de prevención contra el acoso sexual, en razón de sexo, orientación sexual, expresión y/o identidad de género, a través de las sesiones formativas, de información y de sensibilización.
• Denunciará, investigará y sancionará, según proceda cualquier conducta que pueda ser constitutiva de acoso sexual, por razón de sexo, orientación sexual, expresión y/o identidad de género.
• Acompañará y asesorará a las víctimas de acoso sexual, por razón de sexo, orientación sexual, expresión y/o identidad de género para contribuir en su proceso de reparación.
El Colegio Oficial de Psicología de Cataluña espera, con la implementación del nuevo protocolo, prevenir el acoso en la organización y contribuir a mejorar la calidad en el trabajo y la salud de las personas trabajadoras, órganos, comisiones y comités que integran el Colegio.