Durante la JGE celebrada ayer día 19 de abril se comunicó la propuesta aprobada por la Junta de Gobierno del COPC consistente en un paquete de beneficios dirigidos a las sociedades profesionales registradas en el Colegio.
Este paquete de medidas a implementar en beneficio de las sociedades profesionales incluye:
Posibilidad de obtener préstamos de libros y utilizar todos los recursos de la biblioteca incluyendo un área privada en la web por las sociedades profesionales. Las facturas por el copago de los tests podrán ir a nombre de la sociedad y se podrán desgravar el coste.
Actividades formativas a nombre de las sociedades profesionales. La sociedad que quiera puede inscribir a las personas que designe a nombre de la sociedad y para ello es necesario que haga la solicitud en el departamento de formación del COPC. Las facturas para las formaciones podrán ir a nombre de la sociedad pudiéndose desgravar el coste.
Acceso gratuito a consultas de asesoría jurídica y fiscal siempre que la consulta se refiera a temas directamente relacionados con las sociedades profesionales.
Seguros específicos de responsabilidad civil:
Posibilidad de una reducida prima rebajando el capital asegurado a 600.000€, por una prima de 138,72€.
De esta prima el COPC se hará cargo del 25% y la sociedad profesional del resto. Si la prima escogida por la sociedad es la ampliada y actual que ofrece el COPC: 1.500.000 € de capital y 163,20 € de prima, el COPC se hará cargo igualmente del importe resultante de ese 25 %, en ese momento 34,68 €.
Desde el COPC se destaca que las primas conseguidas son precios muy competitivos respecto a otros del mercado, llegando a ser éstos el doble o más.
Posibilidad de contratar un seguro de ciberseguridad a precio accesible.
Se adjuntan unas coberturas y unas primas aunque se pueden obtener otras primas desde 197 € si se desea rebajar los importes de las coberturas.
Esta póliza ofrece cobertura por:
La prestación de servicios de respuesta, a través de proveedores y el “BBR Services team”.
La indemnización de daños propios sufridos por la compañía:
Perdida por interrupción de negocio.
Pérdida por interrupción de negocio de empresa dependiente.
Perdida por extorsión cibernética.
Gastos de recuperación de datos.
El pago por la responsabilidad civil, derivada de:
Seguridad y privacidad de datos.
Sanciones administrativas y gastos de defensa.
Multas derivadas de incumplimiento PCI.
Responsabilidad mediática.
La indemnización de cualquier pérdida financiera derivada de eCrime.
El pago de gastos para facilitar información de las personas responsables.
Programa de Compliance Penal.
El Código Penal hace responsable a las entidades de la comisión de ciertos delitos cuando éstos han sido cometidos por sus trabajadores o representantes y en su beneficio.
La responsabilidad penal de la entidad puede suponer sanciones como multas económicas y/o disolución de la sociedad, clausura de locales, suspensión de la actividad, etc. entre otros.
La entidad debe detectar cuáles son los riesgos penales que existen en su actividad profesional y adoptar las medidas y acciones necesarias encaminadas a prevenirlos.
Disponer de un Programa de Compliance con medidas de control y supervisión sirve para llegar a eximir, o bien atenuar, las posibles responsabilidades penales de la entidad.
El COPC está analizando la posibilidad de realizar una parte importante de este programa de compliance que sirva de paraguas para que las sociedades puedan adaptarlo a sus procesos, riesgos y controles. Por esta razón se enviará una encuesta para detectar las necesidades y requerimientos de las sociedades profesionales y con los resultados obtenidos se valorará la realización del proyecto.
El Colegio informará por los canales habituales a medida que los distintos servicios se pongan en marcha.