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Las sociedades profesionales adscritas al COPC tienen nuevo apartado en la web


Los psicólogos o psicólogas colegiados en el COPC y socios de una empresa que tenga por objeto social la prestación de servicios de psicología, deben inscribirla, por ley, en el Registro de Sociedades Profesionales del Colegio Oficial de Psicología de Cataluña.

La inscripción en el registro de sociedades profesionales del COPC da derecho a percibir diferentes ventajas y servicios del COPC, que se han recogido en un nuevo apartado de la web del COPC para que sea fácilmente consultable. Toda la información estará debidamente actualizada en todo momento.

La nueva página servicios y ventajas de las sociedades profesionales se ha incorporado en el apartado "sociedades profesionales" del menú "Forma parte" de la web del COPC. La página recoge en detalle las características del seguro de responsabilidad civil profesional obligatorio que el Colegio ofrece a las sociedades profesionales y también las coberturas del ciberseguro, que cubre la casuística de ataque informático o de guarda de datos personales. Por otro lado, también informa sobre el procedimiento para facturar formaciones a nombre de la sociedad profesional, y sobre los servicios de biblioteca, asesoramiento jurídico y fiscal y de protección de datos que el COPC provee a las sociedades profesionales registradas. Puedes consultar toda la información desarrollada en el enlace a la página Servicios y ventajas de las sociedades profesionales.

Por último, la información relativa a los trámites de gestión de las sociedades profesionales (alta, modificación de datos, baja, etc.) está en este enlace. Para cualquier consulta sobre cualquier cuestión del ámbito de las sociedades profesionales puedes dirigirte al correo electrónico sp@copc.cat.

El Colegio desea que el nuevo apartado de la web sea útil y funcional para las sociedades profesionales de los psicólogos y psicólogas colegiados.


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