COPC
Noticias de ámbito general, con afectación en toda Cataluña

10 recursos imprescindibles que debemos implementar si queremos hacer frente al maltrato hacia las personas mayores

En los últimos años hemos dedicado esta fecha a evidenciar acciones, actitudes o costumbres que suponen un maltrato hacia las personas mayores. Es cierto que cada vez más personas toman conciencia de estas situaciones y procuren actuar para evitarlas y ayudar la víctima, pero también lo es que, todavía hoy en día, ante una sospecha de maltrato, a menudo no se sabe muy bien cómo actuar ni adónde acudir para poder dar protección efectiva a la víctima.

En el ámbito sociofamiliar, el entorno de la víctima que intenta ayudar puede encontrarse con muchas incógnitas y desconocimiento sobre las acciones que ha de llevar a cabo. Pero, en el ámbito profesional e, incluso, en régimen de institucionalización de la persona mayor, a menudo los y las profesionales que se encargan de velar por el bienestar integral de la persona tampoco saben muy bien cómo proceder de manera rápida y eficaz.

No es fácil saber cómo actuar ante estas situaciones. La Administración acostumbra a interponer largos periodos de tiempos hasta poder dar una respuesta, y se suma el hecho que gestionarlo implica asumir una burocracia poco ágil, incluso para el o la profesional de atención directa. Es por eso que, a veces, nos encontramos con que, cuando ya hay una respuesta definitiva (sentencia legal), esta llega demasiado tarde.

Desde el Grupo de Trabajo de Psicología del Envejecimiento del COPC, queremos reivindicar la necesidad de implementar una serie de recursos que consideramos imprescindibles para hacer frente al maltrato hacia las personas mayores, con garantías de eficacia y operatividad inmediatas:

  1. Activar un teléfono específico para la gente mayor a través del que se pueda denunciar la situación vivida o conocida y se dé una respuesta inmediata (del mismo modo que hay la existencia otros teléfonos de atención urgente, como en el ámbito de la infancia o de la mujer).

  2. Implementar Equipos de Atención e Intervención ante el maltrato a las personas mayores en todos los municipios.

  3. Crear equipos profesionales interdisciplinarios de valoración que puedan orientar y dar respuestas concretas a situaciones en las que hay la sospecha de un posible caso de maltrato.

  4. Crear un protocolo de derivación rápida en los equipos de intervención de los casos que sean pertinentes.

  5. Crear vías de contacto ágiles y directas entre la Administración de Justicia y los cuidadores profesionales y no profesionales.

  6. Promover la formación profesional de calidad, tanto para saber detectar señales y alarmas como para saber proceder una vez el problema se haya establecido.

  7. Crear recursos y organismos formales de acompañamiento y apoyo en los ámbitos no profesionales.

  8. Fomentar una mayor visibilización y concienciación de la problemática en la sociedad (mayor eco en los medios de comunicación, políticas de protección específicas, campañas dirigidas específicamente hacia todos los colectivos implicados, etc.).

  9. Poner en el centro a la persona, evitando la vulneración de sus derechos y dignidades, haciendo que toda acción gire en torno a la preservación de su individualidad como sujeto activo.

  10. Crear más espacios de convivencia intergeneracionales, con un objetivo mucho más pretencioso, a la vez que transformador de las bases de nuestra sociedad.

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Grupo de Trabajo Psicología del Envejecimiento


Dies mundials Secció Psicologia de la Intervenció Social
Colabora con el programa Carnet Jove y ofrece tus servicios

Tan importante es la salud física como la salud mental o psicológica. Y en este sentido la psicología toma especial relevancia en un período determinante como es la adolescencia y la juventud, una etapa caracterizada por cambios rápidos y significativos.

El programa del Carnet Jove de la Generalidad de Cataluña y el Colegio Oficial de Psicología colaboran en un esfuerzo por normalizar y promocionar la figura del psicólogo entre los jóvenes. Con esta colaboración los psicólogos y psicólogas colegiados podrán formar parte del proyecto y ofrecer sus servicios.

Como consecuencia de este acuerdo, los jóvenes beneficiarios del Carnet Jove podrán contar con profesionales de la psicología colegiados, lo que asegura una atención de calidad, que atenderán a los jóvenes con el descuento habitual ofrecido por la red de colaboradores.

¿En qué consiste la colaboración con el Carnet Jove?

El Carnet Jove aporta notables beneficios y no tiene ningún coste adicional al descuento voluntario que cada persona, empresa o entidad decide aplicar en sus servicios o productos. Gracias a la  colaboración con el Carnet Jove tendrás publicidad gratuita, y podrás tener acceso al público joven fácilmente, a través de una marca muy reconocida entre este segmento.

En este enlace puedes consultar beneficios para los colaboradores. Además, si te sumas, la Generalitat te obsequiará con un regalo de bienvenida, un fin de semana para duras personas en cualquiera de los 21 albergues que la Generalitat tiene en todo el territorio catalán. 

Para más información o para darte de alta como colaborador

www.carnetjove.cat


Convenis
El Grupo de Expertos en TIC del COPC presenta una infografía sobre competencias digitales para profesionales de la salud

El Grupo de Expertos en tecnologías de la información y la comunicación (TIC) del COPC reflexiona sobre distintos aspectos de la relación entre las tecnologías digitales y la psicología. El concepto de trabajo es amplio, y ha sido llamado ePsicología. 

Para comunicar los resultados del Grupo de Expertos, desde junio de 2022, el grupo de trabajo publica documentos temáticos que van acompañados de una infografía que los sintetiza. Después de las infografías sobre las ventajas e inconvenientes de la ePsicología, los aspectos éticos, deontológicos y legales de la práctica psicológica a distancia i la cocreación en salud digital ahora se presenta Competencias digitales para profesionales de la salud.

Se ha podido constatar que el nivel de transformación digital del sistema sanitario catalán es muy bajo, casi inexistente en la interacción a distancia entre profesionales y pacientes. Se confunde muchas veces el uso generalizado de tecnología, la gestión de citas o la receta electrónica con tener competencias digitales, es decir, las habilidades con un uso crítico, selectivo, eficaz y colaborativo de la tecnología, que es lo que representa tener competencias digitales para un uso profesional, para crear conocimiento y mejorar la salud.

Es un momento importante para valorar estas competencias específicas ya que actualmente no hay discusión sobre la eficacia de la epsicología o la psicología digital, lo que sí existe es una gran falta de estudio concreto que nos ayude a valorar qué formación sería necesario para que uno o una profesional de la psicología ejerciera adecuadamente la psicología a distancia y crear un marco propio. Mientras se realiza este estudio repasaremos las competencias digitales más comúnmente valoradas como esenciales para el uso de tecnología en la práctica profesional.
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Clica aquí para consultar la versión en catalán de la infografía que analiza estas competencias en su versión en catalán y aquí por la versión en español.


Clica aquí o sobre esta imagen
para desplegar la infografía en catalán


Clica aquí o sobre esta imagen
para desplegar la infografía en castellano

  


La videoteca de casos prácticos en casos terapias espera tu consulta en la biblioteca del COPC

La biblioteca del COPC te ofrece toda una videoteca de casos prácticos, de sesiones de vídeos de terapias reales, que pueden serte muy útiles. La base de datos Alexander Street es extensa y diversa, dando mucha más información que la letra escrita. 

Consultar la base de datos Alexander Street, Counseling video in therapy es tan sencillo como iniciar sesión en la web del COPC y hacer clic en la imagen que tienes a continuación: 


Contenidos: Colección de vídeos de sesiones de terapia reales pertenecientes a la base de datos de Alexander Street (en inglés).
Acceso: Validación área privada web del COPC.
Funcionalidades: subtítulos que permiten el seguimiento de las sesiones, cita bibliográfica, etc.
Vídeos con subtítulos (inglés), casos prácticos.

Novedades de la semana

Por otra parte, esta semana tienes 11 novedades, una de ellas un texto. Además, hay hasta 8 donaciones a la biblioteca de sus autores, que podrás identificar con un icono. En todos los casos, ¡haz clic sobre el título y resérvalos!

Positive psychology coaching in practice

Green, Suzy; Palmer, Stephen 
Routledge, 2019

SOS adolescents : el naufragi de la salut mental després de la pandèmia

Royo i Isach, Jordi; Cuní, Josep; 
Arrufat, Francesc
Columna, 2022

Habilidades sociales : [mucho más que un cuento para disfrutar ayudando a nuestros hijos]
Baile Ayensa, José I.; 
Montero Martíne, Yolanda
 
Ediciones Pirámide
(Grupo Anaya), 2022

El niño agresivo : [mucho más que un cuento para disfrutar ayudando a nuestros hijos]
Carrasco, Miguel Ángel;
Blesa, Magdalena
 
Ediciones Pirámide
(Grupo Anaya), 2022

Mindfulsex : el sexo que revolucionará tu vida

Ribas, Emma 
Plataforma Editorial, 2023

La atención integral y centrada en la persona : fundamentos y aplicaciones en el modelo de apoyos y cuidados

Rodríguez Rodríguez, Pilar;   Vilà Mancebo, Antoni;  Ramos-Feijóo, Clarisa (coordinadores) ; autores: Bermejo Barcía, Lourdes [i 25 és]
Tecnos, 2022

Affordances y ciencia cognitiva : introducción, teoría y aplicaciones

Heras-Escribano, Manuel;   Lobo Navas, Lorena; Vega Encabo, Jesús (Coordinadores) 

Tecnos, 2022

 

Jocs terapèutics: 

Emötiö : emociónate jugando
Miguel, Marta de; Ballester, Judith (ilustradora)
Átomo Games , 2021

Edad: A partir de 4 años.
Tiempo de aplicación: 20 minutos, aproximadamente.
Finalidad: Emötiö está diseñado para potenciar la inteligencia emocional. A través del juego, fomentaremos su aceptación y comunicación, para facilitar el desarrollo de una buena autoestima, empatía y unas relaciones sociales adecuadas.  

Biblioteca
Aplaza el pago de la cuota colegial en octubre si te va mejor que en julio

El Colegio Oficial de Psicología de Cataluña ofrece la posibilidad de que los colegiados y colegiadas que así lo decidan puedan aplazar el pago de la segunda parte de la cuota colegial anual. Como es habitual, el pago se pospone un trimestre, hasta la primera quincena de octubre, y no requiere ningún tipo de justificación. Si quieres aplazar el cargo de la cuota sólo tienes que solicitarlo mediante un correo electrónico a ajornament@copc.cat. El período para realizar la solicitud ya está abierto, y se alarga hasta el 30 de junio. Todas las personas que soliciten el aplazamiento recibirán un correo electrónico de confirmación.

Cabe recordar que aplazar el pago no tiene ningún cargo adicional, intereses o ningún otro tipo de coste complementario, y en caso de solicitarlo la segunda parte de la cuota se cobrará el día 2 de octubre. En el caso de los colegiados y colegiadas que no hayan activado el aplazamiento, el cobro se hará efectivo el día 10 de julio.

Por último, también cabe remarcar que aplazar el pago de la cuota no implica que se alargue el plazo para solicitar bonificaciones a la cuota, que pueden solicitarse igualmente sólo hasta el día del 30 de junio.

Serveis del COPC
El 30 de junio finaliza el período para solicitar las reducciones a la cuota colegial o renovar la bonificación especial por desempleo aplicables al pago del segundo semestre

El próximo 30 de junio vence el período correspondiente a la primera remesa semestral de la cuota colegial y comienza el segundo semestre de la cuota.

Esta información es especialmente relevante para los colegiados y colegiadas que tienen una bonificación especial por desempleo en la cuota, ya que deben volver a justificarla para que en el siguiente semestre se siga aplicando la reducción. Además, las personas colegiadas que quieran solicitar una bonificación de la cuota, acogiéndose a cualquiera de los supuestos que lo habilita, también deben tramitarla antes del 30 de junio para que se les aplique a la cuota del segundo semestre de 2023. Cabe remarcar que la bonificación por desempleo es la única que es necesario renovar, las demás se mantienen activas hasta que se dan de baja.

Toda la información relativa a las condiciones para solicitar una bonificación de la cuota es en
de este enlace en el apartado de Bonificaciones en la cuota del Colegio Oficial de Psicología de Cataluña, que recoge 5 supuestos: bonificación por nacimiento o adopción, bonificación especial por desempleo, bonificación junior, bonificación senior y bonificación para no ejercientes, ya sea por jubilación o por incapacidad.

En caso de que tu situación cumpla cualquiera de estos supuestos, consulta la información completa en el enlace anterior. Como se puede comprobar, todas las bonificaciones deben acreditarse documentalmente y se aplican a la siguiente cuota colegial.

Tanto en un caso como en otro, ya sea renovar la bonificación o para solicitarla, es necesario hacerlo a través
este enlace  antes del día 30 de junio si desea que se aplique a la segunda cuota de 2023.

El reconocido psicólogo israelí Mooli Lahad imparte una conferencia en el COPC sobre la gestión comunitaria del estrés
Formació Secció de Psicologia d'Emergències
El COPC firma un convenio con la Editorial Eleftheria para publicar los libros promovidos por el Colegio


Los máximos representantes del Colegio Oficial de Psicología de Cataluña y de la Editorial Eleftheria y el Instituto Cuatro Ciclos han firmado un convenio de colaboración que da continuidad a una fructífera colaboración iniciada en el año 2019. El Dr. Guillermo Mattioli, decano del COPC, por un lado, y Enrique Arellano, director de la Editorial y el Instituto, por el otro, sellaron el acuerdo el pasado 24 de mayo en la sede del Colegio.

El propósito de la colaboración es la edición y difusión de las obras que se proponga publicar el Colegio, que quiere promover un conjunto de obras selectas en función de tres criterios. El primero, publicar obras de personas miembros del Colegio; el segundo, publicar obras de autoría relevante de la psicología mundial; el tercero, publicar investigaciones y estudios clínicos que sean de especial interés del Colegio y del campo profesional de la psicología en todas sus ramas.

Por otra parte, la firma del convenio ofrece otras ventajas a los colegiados y colegiadas, como la posibilidad de comprar todos los libros de la editorial con un 5% de descuento, o que el Colegio haga de intermediario en los libros que promueve para ofrecer descuentos del 25 %. Paralelamente, el Instituto Cuatro Ciclos, gracias al convenio, también ofrece descuento en sus cursos, de un mínimo del 20 % en cursos online y del 10 % en los cursos presenciales.

El Colegio espera que este nuevo período de colaboración aporte mucho conocimiento nuevo al campo de la psicología, y que los colegiados y colegiadas sean beneficiarios de ello.



Convenis
La Comisión Deontológica del COPC pionera en aplicar la mediación como alternativa para buscar soluciones pactadas en casos de queja o denuncia

La Junta de Gobierno, al nombrar una nueva Comisión Deontológica ratificada el 19 de septiembre de 2018, compartió su deseo de abordar la intervención de la Comisión Deontológica desde una vertiente pedagógica y constructiva.

Desde ese momento se han llevado a cabo diferentes acciones, hasta la revisión de los estatutos en octubre de 2021 que incorporaban, de forma más explícita que la anterior, la posibilidad de mediación estableciendo como una de las funciones de la Comisión "llevar a cabo una labor mediadora para solucionar los conflictos que se deriven de las quejas o denuncias presentadas".

Por esta razón se dotó a la Comisión Deontológica de personas participantes y asesoras que pudieran aportar rigor y una metodología adaptada de respuesta a las quejas recibidas con una metodología mediadora. Con estas incorporaciones se inició un período de estudio y práctica que ha culminado su proceso con la presentación del Protocolo de Prácticas Restaurativas en las Quejas Gestionadas por la Comisión Deontológica del COPC, disponible en catalan y en castellano para todas las personas interesadas.

Finalidad del protocolo

La aplicación de la práctica restaurativa a la gestión de las quejas colegiales pretende buscar soluciones pactadas entre persona quejante y denunciada, evitar y/o mermar la posible escalada del malestar y conflicto entre las partes, evitar expedientes sancionadores y judiciales, y un cierre/archivo de las quejas satisfactorio para todas las partes.

Estructura del protocolo

El protocolo compartido está conformado por tres dimensiones:

1) El marco teórico de la justicia restaurativa y la mediación.

2) Los valores de la DEO, con los principios, normas y obligaciones que guían la conducta profesional.

3) La dimensión pragmática con pautas concretas para regular la actuación profesional para resolver las quejas.

Alcance

La práctica restaurativa, por lo general, no se limita a ningún tipo de queja: se entienden posibles todas las quejas, siguiendo los principios mencionados, principalmente el de voluntariedad de ambas partes a participar y siempre gestionado por una persona vocal de la Comisión con formación en justicia restaurativa y mediación.

Como requisito imprescindible para activar este protocolo, se tratará de quejas registradas en el COPC, ratificadas, donde conste persona quejante/representado legal/persona jurídica y la persona colegiada afectada.

Tanto el Colegio Oficial de Psicología de Cataluña como la Comisión Deontológica, órgano responsable de la creación y aplicación del protocolo de prácticas restaurativas presentado, lo comparten con el deseo de que éste sea de utilidad tanto para personas o profesionales como para otras entidades involucradas en procesos de denuncia deontológica.

Protocol de pràctiques restauratives en les queixes gesionades per la Comissió Deontològica del COPC

Descarga la guía en catalán

Protocolo de prácticas restaurativas en las quejas gesionadas por la Comisión Deontológica del COPC

Descarga la guía en castellano


El COPC y la APF firman un convenio para fomentar el desarrollo de la psicología forense

Nuevo convenio de colaboración entre la Asociación de Psicología Forense de la Administración de Justicia (APF) y el COPC. Las dos entidades han firmado un acuerdo con el objetivo de fomentar el desarrollo de la psicología forense, promoviendo actividades de carácter científico y técnico, y generando incidencia para promover esta rama de la psicología, tal como explica el primer punto del documento.

Además, en virtud de este acuerdo general, se firmó también un convenio específico que hizo posible que el decano, Guillermo Mattioli Jacobs, participara en el acto inaugural de la X Convención de la Asociación de Psicología Forense de la Administración de Justicia en Barcelona celebrada del 19 al 21 de abril de 2023 en el Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada (CEJFE), junto con dos miembros de la Sección Psicología forense del colegio, y que el APF recibiera apoyo institucional y económico del COPC.


La Dra. Elena Garrido Gaitán, presidenta de la Sección de psicología jurídica del COPC, y Fernando Álvarez Ramos, presidente de l'APF.

“Consideramos que este acuerdo aportará un importante enriquecimiento recíproco a favor de nuestra área de conocimiento y profesional”, ha expresado Elena Garrido, presidenta de la sección.
“Este convenio fomentará una mayor vinculación con los y las profesionales de la psicología forense en el ámbito público, con la perspectiva de aumentar los puentes y las formaciones específicas en este sector”.

Este acuerdo marco, que cuenta con una validez de dos años prorrogables, puede leerse íntegramente haciendo clic sobre la siguiente imagen:



Así mismo, el citado convenio específico sobre el suport a la X Convenció de l'APF fent clic sobre la següent imatge:



Convenis Desenvolupament professional
La Dra. Shely Polak conduce el taller Intervenciones sistémicas con familias donde existen dinámicas de rechazo o resistencia filiomarental o filioparental
Formació Secció Alternatives per a la Resolució de Conflictes (ARC) Secció de Psicologia Clínica, de la Salut i Psicoteràpia Secció de Psicologia Jurídica
Publicada la llei per a la igualtat real i efectiva de les persones transi per la garantia dels drets de les persones LGTBI

El passat 1 de març es va publicar al BOE, i per tant va entrar en vigor la Llei 4/2023, de 28 de febrer, “para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI”. (BOE Nº 51, 1 de Març de 2023).

Aquesta llei té implicacions directes i efectives en l’exercici de la psicologia, i per aquest motiu fem un resum de la mateixa incidint en aquells aspectes que tenen o poden tenir una relació directa amb l’exercici professional de la psicologia.

És objecte del present comentari abordar les implicacions legals segons el text de la Llei per la igualtat real i efectiva de les persones trans i per la garantia dels drets de les persones LGTBI, per als i les professionals de la psicologia, tant en l´exercici privat de la professió com en el si d´una organització pública o privada.

Es fa menció dels articles que poden incidir en aquesta responsabilitat dels  i les professionals de la psicologia dins dels diferents àmbits d´actuació i sectors (sanitari, educatiu, laboral) i que s’han de tenir presents en l´exercici professional.

L’aspecte fonamental a destacar, dins l´àmbit de l´atenció a les persones trans, és la prohibició de les teràpies de reversió i la tipificació com a conducta o infracció molt greu, amb les importants sancions (multa i accessòries) que s’estableixen.

La llei, a l´article 17, estableix la prohibició de teràpies de conversió en els següents termes:

“Se prohíbe la práctica de métodos, programas y terapias de aversión, conversión o contracondicionamiento, en cualquier forma, destinados a modificar la orientación o identidad sexual o la expresión de género de las personas, incluso si cuentan con el consentimiento de la persona interesada o su representante legal”.

Amb l´actual redacció del precepte queda inclosa en la prohibició qualsevol que tingui per finalitat modificar l’orientació o identitat sexual o expressió de gènere de la persona. En conseqüència, el o la professional no pot donar inici ni executar cap acció -inicial, acompanyament, terapèutica, etc..- que tingui com a base la consideració de què les persones lesbianes, gais, transsexuals, bisexuals i intersexuals pateixen una disfunció biològica i/o congènita, motiu pel qual han de ser tractades mèdicament. Tampoc les teràpies d´aversió, conversió o contracondicionament, enteses com a pràctiques amb les quals es pretén contradir i/o modificar l’orientació sexual i/o expressió de gènere de les persones.

El text legal dona, a la pràctica, prevalença a la mateixa opinió de la persona, que malgrat poder ser analitzada per la persona professional no pot implicar crítica o contradicció a risc de poder ser considerada com a actuació d´aversió -refús, oposició-, persuasió o contra condicionament -animadversió-, doncs la llei ho prohibeix “incluso si cuentan con el consentimiento de la persona interessada o de su representante legal”.

No obstant el psicòleg o la psicòloga  pot aconsellar un temps d´autoreflexió perquè la persona pugui qüestionar-se les seves decisions, sense recórrer en cap cas a la patologització; la norma no impedeix proporcionar a la persona l’oportunitat de pensar les decisions que més li afavoreixin; també a no estar sol o sola en la presa de decisions, evitant que aquestes siguin impulsives o excessivament influïdes per factors grupals o per altra classe de pressions externes.

La promoció, pràctica de mètodes, programes o teràpies d´aversió, conversió o contra condicionament, siguin psicològics, físics o mitjançant fàrmacs, que tinguin per finalitat modificar la orientació sexual, la identitat sexual, o l'expressió de gènere de les persones, amb independència del seu consentiment o del seu representant legal, està tipificada com a infracció administrativa molt greu (article 79.4.d), així com la negativa a assistir a aquelles persones que hagin sofert qualsevol tipus de discriminació per raó d´orientació i identitat sexual, expressió de gènere o característiques sexuals (article 79.4.c), i castigades amb sanció de multa de 10.001 euros a 150.000 euros, amb mesures accessòries segons el subjecte infractor i àmbit en que s´hagi produït la infracció com, entre d´altres, la prohibició de contractar amb l´administració, el tancament d'establiment i el cessament de l´activitat econòmica o professional, totes elles per un període màxim de tres anys.

Pel que respecta a l´atenció sanitària integral de les persones, article 19, te com a punt d´origen que es realitzi sota les premisses de no patologització, autonomia, decisió i consentiment informats, no discriminació, assistència integral, qualitat, especialització, proximitat i no segregació.

Prohibeix de forma expressa (article 19.2): a) les pràctiques de modificació genital en persones menors de 12 anys, excepte en els casos en que les indicacions mèdiques exigeixin el contrari amb la finalitat de protegir la salud de la persona; b) entre els 12 i 16 anys només es permetrà la modificació genital a sol·licitud de la persona interessada, sempre que per edat i maduresa puguin consentir de manera informada a la realització d´aquestes pràctiques.

En tots dos casos es pot donar la necessitat d´intervenció i valoració tècnica (de la conveniència i/o necessitat de la pràctica de modificació genital per protegir la salud de la persona, o bé de la maduresa per al consentiment informat) per part de professionalsde la psicologia. Tenint en compte les conseqüències de les auto declaracions i decisions de la persona menor, i que alguns efectes tot i no ser visibles a curt termini suposen modificacions molt importants en la vida futura de la persona en àmbits que queden allunyats del que un/a menor pot concebre o representar-se, és aconsellable a la pràctica traslladar i/o fer partícips de tot el procés d´informació prèvia als menors d´edat, també, als seus progenitors/tutors.

Per la seva banda l´article 19.3 estableix l´impuls de protocols d´actuació en matèria d´intersexualitat que garanteixin, en la mesura del possible, la participació de les persones menors d´edat en el procés d´adopció de decisions, així com la prestació d’assessorament i suport, inclòs el psicològic, a persones menors d´edat intersexuals i a les seves famílies.

Com a mesures a adoptar en l´àmbit de l'educació, els articles 21 i 22 estableixen com a obligacions de les administracions educatives la col·laboració amb els centres educatius, la promoció i inclusió en els projectes educatius dels centres i en les seves normes d’organització, funcionament i convivència, de l´aplicació dels protocols de prevenció d´assetjament, impulsant accions relacionades amb la formació del professorat en l'atenció a la diversitat sexual, de gènere i familiar de les persones LGTBI.

Pel que respecta a les rectificacions registrals relatives al sexe de les persones, es preveu (article 43) la legitimació, per si sola, de tota persona major de 16 anys, i amb assistència de  persones progenitores o representants legals entre els 14 i 16 anys; les persones menors de 14 i majors de 12 anys podran sol·licitar autorització judicial per les modificacions registrals. En tots els casos es preveu la reversibilitat de les rectificacions registrals (article 47), transcorreguts sis mesos des de la inscripció al Registre de la rectificació.

Com a mesures de promoció de la igualtat real i efectiva de les persones trans dins l'àmbit laboral, es preveu (articles 54 i 55) la implementació de mesures per a organismes públics i empreses privades que afavoreixin la integració i inserció laboral de persones trans, i la monitorització de l´evolució de la situació laboral de les persones trans.

En relació amb les mesures dins l´àmbit de la salud per promoure la igualtat real i efectiva de les persones trans, en concordança amb el que estableix l´article 19 abans comentat, l´article 56 estableix que l´atenció sanitària a les persones trans es durà a terme conforme els principis de no patologització, autonomia, decisió i consentiment informats, no discriminació, assistència integral, qualitat, especialització, proximitat i no segregació garantint en tot cas el respecte a la seva intimitat i la confidencialitat sobre les seves característiques físiques, evitant exploracions innecessàries o la seva exposició sense un objectiu diagnòstic o terapèutic que estigui directament relacionat i justificat.

article 58, relatiu a la formació del personal sanitari, estableix que per part de les administracions públiques es garanteixi una formació suficient, continuada i actualitzada del personal sanitari que tingui en compte les necessitats específiques de les persones trans, amb especial atenció als problemes de salut associats a les pràctiques quirúrgiques a les quals se sotmeten, tractaments hormonals i la seva salut sexual i reproductiva.

Per la seva banda l´article 59, que aborda els protocols d´actuació en l´àmbit de la salut i serveis especialitzats, estableix que les administracions públiques podran establir serveis especialitzats conformats per equips multidisciplinars de professionals, que duguin a terme, entre d´altres, funcions d´informació, suport i acompanyament durant tot el procés de transició de les persones trans, així com recolzament a l'atenció ambulatòria i als centres especialitzats.

El títol III de la Llei tracta la protecció efectiva i la reparació davant la discriminació i la violència per LGTBIfòbia.

En aquest sentit l´article 63 estableix que quan una autoritat pública, en l´exercici de les seves competències, tingui coneixement d´un supòsit de discriminació per les causes previstes en aquesta llei, haurà d´incoar, si és competent, el corresponent procediment administratiu, en que podran acordar-se les mesures necessàries per investigar les circumstàncies del cas i adoptar les mesures adients i proporcionades per a la seva eliminació, o bé, en cas de no ser-ho, comunicar aquests fets de forma immediata a l´administració competent, d´acord amb l´establert a les lleis administratives.

Per la seva banda, l´article 68, dins de les diferents mesures d’assistència i protecció davant la violència fonamentada en la LGTBIfòbia, preveu, entre d´altres, l´assistència psicològica.

La Llei va ser publicada al Boletín Oficial del Estado el passat dia 1 de març de 2023, i va entrar en vigor l'endemà de la seva publicació (Disposició final vigèsima).

El Grup de Treball de Psicologia afirmativa LGTB del COPC vol destacar que cal tenir present la part emocional de la persona més enllà de la seva identitat de gènere, no oblidar les altres dimensions de la persona ja que potser caiem en posar només el focus amb la qüestió del gènere. 

Barcelona, març de 2023

Assessoria Jurídica

Col·legi Oficial de Psicologia de Catalunya


Assessoria Jurídica